El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11 intimó nuevamente al Estado Nacional para que, en el plazo de cinco días, dé cumplimiento a la medida cautelar que ordena la aplicación de aspectos centrales de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, bajo apercibimiento de sanciones económicas (astreintes).
La resolución judicial se enmarca en la causa impulsada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y otras organizaciones, y refiere específicamente al cumplimiento de los artículos 5° y 6° de la ley, vinculados a la actualización salarial de docentes y nodocentes de las universidades públicas y a la recomposición de las becas estudiantiles.
Respecto de la cuestión salarial, el tribunal recordó que la normativa establece que el Poder Ejecutivo debe actualizar los salarios de docentes y nodocentes tomando como referencia la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y garantizar convocatorias periódicas a la negociación paritaria.
En ese sentido, el juez consideró que, si bien se acreditaron convocatorias paritarias y órdenes de pago, no surge de la documentación presentada que la actualización salarial haya sido realizada conforme a los criterios establecidos por la ley.
La resolución también señala que la inflación acumulada entre diciembre de 2023 y junio de 2026 alcanzó el 312,19%, y que de las respuestas brindadas por el Estado no se desprende que se haya alcanzado una recomposición equivalente.
Por otra parte, en relación con las becas estudiantiles, el tribunal observó que el cumplimiento informado por el Estado se limitó a la Beca Manuel Belgrano, sin contemplar otros programas mencionados por la ley, como las Becas Progresar y las destinadas a estudiantes de Enfermería.
Finalmente, la Justicia resolvió mantener el criterio adoptado previamente y volvió a intimar al Poder Ejecutivo Nacional para que cumpla con la medida cautelar vigente.
La decisión judicial refuerza el reclamo de la comunidad universitaria por el cumplimiento efectivo de la Ley de Financiamiento Universitario, tanto en materia salarial como en el sostenimiento de las políticas de becas destinadas a las y los estudiantes.


